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Prórroga del erte 2022

El nuevo Real Decreto-Ley prorroga la aplicación de las medidas de flexibilidad que se vienen adoptando desde el inicio de la crisis sanitaria y en los términos previstos en el Real Decreto-Ley 2/2021, de 26 de enero, y las medidas extraordinarias en materia de exenciones de cotización a la Seguridad Social para las empresas. También se prorrogan las medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo de los trabajadores previstas en el Real Decreto-Ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo y, finalmente, se prorrogan todas aquellas medidas complementarias de protección necesarias para garantizar la estabilidad en el empleo, evitando los despidos y la destrucción de puestos de trabajo.

Las medidas extraordinarias contenidas en el Real Decreto-Ley 30/2020, de 29 de septiembre, relativas a las extinciones y despidos, a la interrupción del cómputo de los contratos temporales, a la salvaguarda del empleo, así como los límites relativos al reparto de dividendos y a la transparencia fiscal y al uso de horas extraordinarias y nuevas subcontrataciones, seguirán vigentes.

España prórroga erte

En el conjunto de 2020, un total de 3,6 millones de trabajadores españoles de 550.000 empresas -principalmente pequeñas y medianas empresas (PYMES)- se han beneficiado del régimen, conocido en español como ERTEs (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), según informa EFE.

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En caso de fraude o despido, las empresas deben devolver las exenciones de cotización a la Seguridad Social y se arriesgan a fuertes sanciones. Los beneficiarios de los regímenes de ERTE se consideran oficialmente empleados.

La semana pasada, el Gobierno español de izquierdas propuso sustituir el actual sistema de ERTE por un Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo (MSE) por un máximo de un año si se llega a un acuerdo con los representantes de los trabajadores, y sólo por seis meses si no hay acuerdo.

Esta semana, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz (Unidos Podemos), se reunirá con los principales sindicatos del país -Comisiones Obreras, CC.OO, y Unión General de Trabajadores, UGT- y con la principal patronal (CEOE) para discutir los detalles del nuevo plan de bajas laborales, que probablemente se aplicará a partir de enero de 2022.

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El 28 de febrero del próximo año se cumplirán dos semanas de la declaración del estado de alarma. Ese último día de febrero, espera el presidente de la CEOE, la confederación de empresarios de España, finalizará el plan de bajas laborales del ERTE.

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En abril de 2019, más de tres millones de trabajadores estaban acogidos al ERTE por fuerza mayor. Ahora son unos 250.000. Antoni Garamendi espera, el Gobierno español y los sindicatos, que este salvavidas esencial deje de ser necesario dentro de cinco meses.

El gobierno ha adjuntado a las disposiciones de la prórroga condiciones que impiden el despido. Para la última prórroga se han añadido otras condiciones: planes de formación con distintos niveles de exención de la seguridad social según haya o no planes.

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Además, es posible prorrogar hasta el 28 de febrero de 2022 los ERTE2 de Fuerza Mayor que estaban en vigor a 30 de septiembre de 2021, que incluyen los distintos tipos de ERTE de Fuerza Mayor establecidos por la ley (Art. 22 Real Decreto-Ley 8/2020; interrupción o limitación de la actividad).

No obstante, para que dichas prórrogas sean efectivas, las empresas afectadas deberán presentar una solicitud a tal efecto entre el 1 y el 15 de octubre de 2021, acompañada de determinada documentación. Si no se presenta dicha solicitud con la documentación requerida antes de la fecha límite, se entenderá que el ERTE en cuestión se extingue el 31 de octubre de 2021.

No obstante, para que dicha prórroga sea efectiva, las empresas afectadas deberán presentar también una solicitud a tal efecto entre el 1 y el 15 de octubre de 2021, acompañada de determinada documentación. Si no se presenta dicha solicitud con la documentación requerida antes de la fecha límite, el ERTE se considerará extinguido el 31 de octubre de 2021.

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No obstante, para que dicha prórroga sea efectiva, las empresas afectadas deberán presentar también una solicitud a tal efecto entre el 1 y el 15 de octubre de 2021, acompañada de determinada documentación. Si no se presenta dicha solicitud con la documentación requerida antes de la fecha límite, el ERTE se considerará terminado el 31 de octubre de 2021.